En las propiedades horizontales, las decisiones importantes relacionadas con la administración y el funcionamiento de la copropiedad se toman en la asamblea de propietarios. Para que estas decisiones sean válidas, se deben cumplir ciertos requisitos de quórum y mayorías.
El quórum es el número mínimo de propietarios o coeficientes de propiedad que deben estar presentes o representados en la asamblea para que las decisiones puedan ser tomadas. El quórum necesario puede variar dependiendo de la naturaleza de la decisión que se tome y está determinado por la ley o el reglamento de propiedad horizontal. Por lo general, se establece un porcentaje mínimo de coeficientes de propiedad o propietarios presentes o representados para que la asamblea pueda sesionar y tomar decisiones válidas.
Por otro lado, las mayorías se refieren al número de votos necesarios para aprobar una determinada decisión en la asamblea. Al igual que el quórum, las mayorías requeridas pueden variar dependiendo de la naturaleza de la decisión y están definidas en la ley o el reglamento de propiedad horizontal. En algunas decisiones simples, puede ser suficiente una mayoría simple, es decir, más votos a favor que en contra. Sin embargo, en decisiones más trascendentales o que afecten de manera significativa a la copropiedad, se puede requerir una mayoría cualificada, que puede ser una mayoría absoluta (más de la mitad de los votos), una mayoría calificada (un porcentaje específico de los votos) o incluso una unanimidad (todos los votos a favor).
Es importante destacar que las reglas de quórum y mayorías están diseñadas para garantizar que las decisiones tomadas en la asamblea reflejen la voluntad colectiva de los propietarios y eviten decisiones unilaterales o arbitrarias. Estas reglas buscan fomentar la participación y el consenso entre los propietarios en la toma de decisiones que afectan a la copropiedad.
Te recomendaría revisar el artículo 45 de la Ley 675 de 2001 directamente para obtener una comprensión más precisa y detallada de las disposiciones específicas sobre mayorías y quórum en las propiedades horizontales en Colombia.